OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL LEVANTADOR
- Asistir al gimnasio de la Asociación Departamental para practicar el deporte de Levantamiento de Potencia.
- Respetar el horario de atención establecido por la Asociación.
- Acatar la rutina de entrenamiento proporcionada por el entrenador de potencia.
- Anotarse cada día en el Reporte de Asistencia de Atletas.
- Vestir ropa deportiva adecuada dentro de las instalaciones en entrenamientos.
- No acaparar el equipo de gimnasio durante el entrenamiento.
- Asistir al gimnasio con una toalla pequeña para limpiar el equipo que se utiliza.
- Guardar el respectivo orden dentro de las instalaciones.
- No consumir alimentos dentro de las instalaciones.
- Depositar la basura en su lugar.
- No golpear el equipo de gimnasio.
- No sustraer el equipo de gimnasio y/o pertenencias de otros levantadores de las instalaciones.
- Guardar el respeto a otros levantadores y al entrenador en todo momento.
- No fumar ni ingerir bebidas alcohólicas dentro de las instalaciones.
- No presentarse bajo efectos de licor o estupefacientes a entrenar.
- Prohibido el comercio de sustancias y productos dentro de las instalaciones.
- En caso de 5 ausencias consecutivas presentar excusa al entrenador.
- No realizar ejercicios fuera de la rutina recomendada por el entrenador para evitar lesiones.
- No consumir sustancias prohibidas para mejorar el rendimiento físico.
- No utilizar implementos deportivos que no sean autorizados por el entrenador.
- No fraternizar dentro de las instalaciones.
- No realizar actos inmorales dentro de las instalaciones.
- No discriminar a otros levantadores por cualquier motivo.
- No se toleraran actitudes antideportivas.
- No están permitidas las peleas y/o disputas dentro de las instalaciones.
- Cada atleta es responsable del resguardo y cuidado de sus pertenencias.
- En caso de daño al equipo de gimnasio o instalaciones por negligencia del Levantadores, este deberá ser responsable de los costos que pueda generar.
- Cada Levantador es el único responsable de su actuar dentro de las instalaciones.
- No se permitirá ningún tipo de acoso en cualquiera de sus variantes dentro o fuera de las instalaciones.
- Al finalizar la rutina de entrenamiento regresar el equipo a su respectivo lugar.
- Prohibido ingresar a las instalaciones con cualquier tipo de arma que ponga en riesgo su propia vida o la de otros levantadores.
- La Asociación no se hace responsable si por negligencia propia sufre un accidente dentro de las instalaciones.
- En caso de cierre de instalaciones esta será comunicada por el entrenador con un tiempo prudencial de anticipación.
- Si ingiere bebidas energizantes o alguna sustancia que altere su metabolismo la Asociación no se hace responsable por los daños que esto le pueda ocasionar durante su entrenamiento.
- No se permite la permanencia de menores de 14 años dentro de las instalaciones.
- Los menores de edad mayores de 14 años deben contar con permiso escrito de sus padres para la practica del Levantamiento de Potencia.
- Solo esta autorizada la practica del Levantamiento de Potencia para levantadores en las edades descritas en el Reglamento Técnico.
- El Levantador debe participar en las actividades academicas impartidas por la Federación por medio de la Academia Deportiva cuando sea convocado por la Asociación Departamental.
- En caso de emergencia se deben actar las instrucciones de las autoridades de la Asociación y la Federación que se encuentren presentes en ese momento.
- No se permite el ingreso de mascotas a las instalaciones (exceptuando por razones medicas prescritas por medico competente).
- El entrenador de potencia es la maxima autoridad dentro de las instalaciones deportivas.
- El Levantador debe inscribirse en el Registro Departamental de Levantadores de Potencia de su Asociación.
- El Levantador debe estar presente para realizar el control de marcas cada mes para medir sus avances deportivos.
EL REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS DE LEVANTAMIENTO DE POTENCIA HA SIDO APROBADO EN ACTA DE COMITÉ EJECUTIVO No. 35-2021 DE FECHA 21/10/2021.